Beneficios



Afiliados/as Obligatorios/as:

El aporte al FES es voluntario. Se descuenta de manera compulsiva, en consecuencia, la adhesión es automática.

  • Aportes: 4%  de los haberes (con un aporte mínimo equivalente a tres consultas médicas permanentemente actualizadas) por un periodo de capitalización de quince (15) meses. Cumplido ese lapso, el aporte es del 2%.
  • Carencias:  Doce (12) meses a partir de su adhesión.

Afiliados/as Adherentes:

El aporte al FES es obligatorio.

Los aportes para este fondo serán los siguientes:

  • 2% para afiliados/as que como activos eran aportantes al FES.
  • 4% (con un aporte mínimo equivalente a tres consultas médicas permanentemente actualizadas) para afiliados/as que como activos no eran aportantes al FES, por un periodo de quince (15) meses de capitalización. Cumplido el plazo, el aporte será del 2%.

Carencias para quienes como activos no eran aportantes al FES:

  • Doce (12) meses a partir de su adhesión.

Aclaración: En cualquiera de las dos categorías afiliatorias, se descontará un 2% adicional por poseer familiar secundario a cargo ( ej. hijo/a del cónyuge/conviviente).

Mediante la Obra Social y el FES se obtiene la siguiente cobertura general:

  • Prácticas ambulatorias (estudios, análisis, etc.): 90% (55% DAMSU / 35% FES)
  • Medicación ambulatoria: 50% (40% DAMSU / 10% FES)

Para conocer la cobertura del FES según práctica consultar:

Prácticas No Nomencladas: El FES brinda cobertura en prácticas que no están incluidas dentro del Programa Médico Obligatorio (prácticas no nomencladas). La cobertura varía según el tipo de práctica y son evaluadas y resueltas por Dirección Médica, Auditoría Médica y el Consejo Directivo de la Obra Social.

Los/las afiliados/as obligatorios/as que deseen renunciar al Fondo Especial Solidario deben completar el siguiente formulario: Solicitud de renuncia al FES.