Modifica el art.1 de la Res. Nº 89/19, referente a Sistema de Monitoreo de Glucosa Free Style.
Conforma una comisión investigadora a efectos de cuantificar o estimar el perjuicio sufrido por DAMSU en virtud de irregularidad detectada con entidad prestadora.
Actualiza el valor de reintegro para sesiones de R.P.G. de afiliados/as adheridos al F.E.S.